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Julián García Vargas, ayer, en el RIDEA.Foto:ARMANDO ALVAREZ
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Los salarios del sector de farmacias se revalorizan un 1,9%
El día 9 de marzo de 2009 se celebró en Madrid una reunión de la Comisión Paritaria del XXIII Convenio Colectivo Marco para Oficinas de Farmacia en la que se acordó la revalorización de las tablas salariales en previsión de la no publicación de la actualización del Real Decreto Ley 5/2000 durante el primer trimestre de este año En esta reunión se acordó determinar las tablas de retribuciones de 2009, ya que no está prevista la publicación de la actualización del Real Decreto Ley 5/2000, de Medidas Urgentes de Contención del Gasto Farmacéutico público y de racionalización del Uso de los Medicamentos, durante el primer trimestre de este año. De esta forma, se acordó por unanimidad la revalorización de las tablas salariales aplicando el IPC real del año anterior (1,4%) más un 0,5%. En definitiva, los salarios se revalorizarán en un 1,9%, siempre y cuando no se produzca la actualización del decreto citado. Además, la Comisión interpretó una solicitud presentada por CCOO, referida a uno de los mayores problemas que está suscitando el convenio: la cláusula de garantía de personal. A este respecto, cabe destacar que se aprobó por unanimidad que el Complemento Personal de Garantía establecido en el artículo 51 del Convenio se revalorizará en los mismos porcentajes que se apliquen a las tablas salariales. El importe de dicho complemento se determinará por la diferencia existente entre el salario bruto que viene percibiendo el trabajador en cómputo anual y las retribuciones previstas en las tablas salariales. Observatorio del Convenio Aprovechando la reunión de la Comisión Paritaria, ambas partes acordaron designar la Presidencia y Secretaría del Observatorio del Convenio de Farmacias, así como determinar las primeras cuestiones a abordar desde dicho Observatorio. Se acordó el carácter prioritario de dos tareas a abordar en primer lugar: realizar un análisis sobre la aplicación del convenio en el Estado, que según los datos de los que dispone CCOO, a pesar de su carácter extraestatutario, podría situarse en torno al 70%; y analizar la evolución del empleo en el sector de las Oficinas de Farmacia, desde la perspectiva de la situación económica actual y la implicación en el sector de los nuevos precios de referencia. | ||
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COEFICIENTE REDUCTOR POR MINUSVALÍA
RECORDAMOS A TODOS LOS TRABAJADORES CON UNA MINUSVALÍA RECONOCIDA POR EL ORGANISMO COMPETENTE IGUAL O SUPERIOR A UN 65%, QUE SU EDAD DE JUBILACIÓN DEBE REDUCIRSE SEGÚN UN COEFICIENTE DE 0,25.
EL COEFICIENTE REDUCTOR DEBE MULTIPLICARSE POR LOS AÑOS DE COTIZACIÓN Y RESTARLO DE LA EDAD OBLIGATORIA DE JUBILACIÓN.
* PARA MAS INFORMACIÓN PASAD POR LA SECCIÓN SINDICAL.
Listados provisionales del proceso de movilidad voluntaria.
http://www.asturias.es/bopa/2009/03/12/2009-06688.pdf
http://procesomovilidad.sespa.princast.es:8085/PM-Web/manuales/Listadoprovisionalgeneral.pdf
http://procesomovilidad.sespa.princast.es:8085/PM-Web/manuales/Listadoprovisionalporcategorias.pdf
http://procesomovilidad.sespa.princast.es:8085/PM-Web/manuales/Listadoexcluidosdefinitivo.pdf
CONCENTRACIÓN EN APOYO A LOLA COLUNGA

