Junio de 2008, los hechos: hasta Urgencias de Cabueñes llega un conductor que se había negado a realizar un control de alcoholemia y drogas. El conductor es atendido por una facultativa a la que manifiesta su negativa a someterse a un reconocimiento. La facultativa informa a la Policía que sin el consentimiento del paciente, ella no puede hacer el examen.
5 de junio, la fiscalía: interviene la Fiscalía a petición de la Policía Local, que denuncia a la médica por un delito de desobediencia.
16 de febrero de 2009, primer fallo judicial: el Juzgado de Instrucción número 2 cree que la facultativa incurrió en un delito.
14 de abril, nueva sentencia: la Audiencia echa abajo los argumentos del juzgado y exime a la profesional de Cabueñes, al considerar que sin consentimiento del afectado es necesario una orden judicial para hacer el examen.
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