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VACACIONES MÁS ALLÁ DEL AÑO NATURAL

Sendas sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas otorgan a los trabajadores el derecho a las vacaciones en un período distinto al del año natural, en caso de no haber podido ejercerlo a causa de IT o permiso de maternidad.

 

Todos los afiliados que, por alguno de estos motivos, no disfrutaron las vacaciones anuales reglamentarias durante el año natural correspondiente, deben pasar por la Sección Sindical para presentar la reclamación oportuna.

 

                                                   

 

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