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LOS CURSOS DE FORMACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE NUEVAS TAREAS EN LOS PUESTOS DE TRABAJO ESTAN REGULADOS

Desde las distintas Gerencias de Atención Primaria se vienen emitiendo órdenes de participación de los trabajadores de las Aéreas Administrativas en cursos de formación para afrontar el "Visado de Recetas" razón por la cual es preciso aclarar algunos conceptos:

 

  1. Es absolutamente cuestionable, para CCOO, que una labor a realizar por un Inspector Médico, como asi refleja la ley, se establezca como función de un Auxiliar Administrativo o Celador por mero capricho de alguien que podría estar induciendo además, por su imposición, a la comisión de irregularidades.

 

  1. La asistencia a Cursos de formación motivados por el lanzamiento de nuevas actividades o la imposición de nuevas tareas han de llevarse a cabo:

-    En horario de trabajo.

-    Asignados mediante la órden correspondiente.

-    Caso de implicar un desplazamiento o ser a jornada completa, deben ser compensados los gastos de desplazamiento y la correspondiente dieta.

-    De no hacerse en horario de trabajo, por acuerdo entre trabajador y Gerencia, las horas dedicadas fuera del horario de trabajo han de ser reintegradas al trabajador como descansos o incluso, porqué no, ser retribuidas.

 

Asi pues, hemos de invitar a los trabajadores y trabajadoras que se ven en esa situación, a exigir, lo primero de todo, una Orden de acudir al citado Curso,

 

Una vez conozcamos las implicaciones que tiene el asumir, además, las funciones del visado de recetas en las Areas Administrativas, os facilitaremos las indicaciones oportunas para combatir lo que es una absoluta falta de sentido común y supone una modificación de las condiciones de trabajo. Lo cual no estamos dispuestos a permitir bajo ningún concepto.

 

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