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Visto bueno al Real Decreto que regula el uso de desfibriladores semiautomáticos fuera del ámbito sanitario

Las Comunidades Autónomas deberán, en uso de sus competencias, y tal y como ha informado el Gobierno, promover la instalación de estos aparatos, de acuerdo con las recomendaciones de los organismos internacionales, en lugares de gran afluencia de personas


Madrid (21/23-3-09).- El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regula el uso de los desfibriladores fuera del ámbito sanitario y que recoge las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad que se deben dar para su uso en lugares públicos. Así, el Real Decreto establece que deberán cumplir con lo establecido por el Real Decreto de 1 de marzo de 1996, por el que se regulan los productos sanitarios. Del mismo modo, deberán ser utilizados en las condiciones especificadas por su fabricante y tendrán que mantenerse adecuadamente.

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